Filosofía Política
Universidad
Nacional Autónoma de México
Facultad de
Estudios Superiores Acatlán
División de
Ciencias Socioeconómicas
Filosofía
Política Clásica
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Elaboran:
Jiménez Ortega Franco Emiliano
Monter Reynoso Julio
Pérez Pineda Dana Ximena
Rodríguez Ruiz Jorge Hilario
Ruiz Durán Rebecca
1.
INTRODUCCIÓN
John
Locke fue un pensador inglés, que realizó importantes contribuciones en
epistemología, educación, teología y teoría política. Nació en 1632 en un
pueblo de Somerset, Inglaterra. Realizó estudios secundarios en la Westminster
School, y luego ingresó en un instituto universitario de Oxford, el Christ
Church College, una de las más prestigiosas instituciones académicas de
Inglaterra.
Recibió el título de Baccalaureus Artium
en 1656 y de Magister Artium dos años más tarde. Se graduó en medicina, pero
sin llegar a doctorarse y practicándola en forma ocasional. Sus principales
intereses eran las ciencias naturales y el estudio de los principios
subyacentes de la vida moral, social y política. Leía a los filósofos
contemporáneos, especialmente a René Descartes, fundador del racionalismo y la
filosofía moderna. Asimismo, colaboró con figuras importantes de las ciencias
experimentales como Robert Boyle (químico), y Thomas Sydenham (médico).
En algunos de sus primeros escritos
aparece como un decidido defensor de la paz y el orden social, a la par de
Hobbes, con una tendencia profundamente antirrevolucionaria y legitimista,
justificando ideológicamente la Restauración y el retorno de Carlos II al trono
de los Estuardo. El pensamiento de Locke cambió radicalmente dos décadas más
tarde. De escolástico, autoritario y absolutista se convirtió en el filósofo
liberal de los derechos inalienables y el derecho a la rebelión. Dado que
fueron múltiples los intereses de Locke, en el presente escrito, nos abocamos a
describir únicamente el pensamiento político del padre del liberalismo político.
2.
EL
PENSAMIENTO DE LOCKE
De
las diversas obras que Locke escribió, son 3 las que reflejan su pensamiento
político[1], y en ellas hace un
detallado estudio de la libertad humana. Su enunciación política más completa
está contenida en Two Treateses of
Government (1690), pues trata la libertad política. Está compuesto de dos
libros: Del Gobierno, y Del Gobierno Civil.
Primer
tratado o Del gobierno
Es
una discusión acerca del argumento de Filmer, que sostenía que los reyes
gobernaban por un derecho heredado de Adán.
Segundo
tratado o Del gobierno civil
Una
vez refutado el argumento del derecho divino, Locke debe explicar cuál es el
verdadero fundamento del gobierno. Para contestar a ello, se dispone
primeramente a definir el poder político, que es el derecho de crear leyes que
estén sancionadas con pena de muerte y en consecuencia con todas las penas
inferiores para la regulación y conservación de la propiedad, y del empleo de
la fuerza de la comunidad en la ejecución de estas leyes, y para la defensa del
Estado de perjuicios extranjeros, y todo ello, por el bien público.
Para entender esta concepción es
necesario primero preguntarse ¿en qué estado se encuentran naturalmente todos
los hombres? Para Locke, los hombres están en un estado de libertad e igualdad
natural, y la primera condición deriva de la segunda. No obstante, el estado de
naturaleza no equivale a un estado de licencia, sino que tiene una ley: la ley
de la naturaleza. La libertad natural del hombre consiste en no estar sometido
a ninguna otra ley que no sea la natural.
Mientras Hobbes considera al estado
de naturaleza sinónimo de la “guerra de todos contra todos”, Locke cree que,
dado que todos los hombres son iguales, nadie puede dañar a otros en su vida,
salud, libertad o posesiones. “Estado de naturaleza” no refiere solo a una
condición prepolítica. Los hombres que viven juntos conforme a la razón, sin un
jefe común con autoridad para ser juez entre ellos, se encuentran en el estado
de naturaleza. El estado opuesto al de la naturaleza es el de sociedad civil,
en la que los hombres viven unidos, cuentan con una ley común y un tribunal con
autoridad para decidir las disputas entre ellos, y castigar a los culpables.
Existe para Locke, otra distinción.
El estado de guerra implica el uso de fuerza sin autoridad y sin derecho, que
siempre coloca a quien la emplea en estado de guerra con aquellos contra quienes
lo usa. El opuesto del estado de guerra es, por definición, el estado de paz
que es la condición de los hombres que viven juntos de modo que no existe el
uso de la fuerza sin derecho. El estado de guerra sólo puede existir en la
sociedad civil cuando la fuerza del juez común resulta ineficaz, y no mientras
la autoridad civil haga cumplir en el momento adecuado y de manera eficaz la
ley de la sociedad. De ese modo, el estado de guerra sólo puede existir en el
estado de naturaleza o algo que se le asemeje de manera temporal, algo como el
estado de naturaleza dentro de la sociedad civil. Esto sucede porque la
sociedad civil es una invención humana y el estado de naturaleza de algún modo
persiste, aunque sea de forma parcial.
Ahora bien, el estado de guerra puede
existir tanto en el estado de naturaleza como en el de sociedad civil, pero es
mucho más fácil que inicie en el de naturaleza, y mucho más difícil que
concluya en él. Locke incluso defiende que muchas veces el estado de naturaleza
es indistinguible del de guerra, y cree que el estado de naturaleza no debe
tolerarse debido a los males que forzosamente se derivan de que los hombres
sean jueces de sus propias causas, y opta por el gobierno civil como remedio a
tales dificultades.
Esta última conclusión podría parecer
contradictoria a la primera enseñanza de Locke, sobre la naturaleza del hombre,
por lo que concierne ahora preguntarse ¿cuál es la ley de la naturaleza a la
que está sujeto el hombre? Esta ley dicta que el deber del hombre es conservar
su propia vida y la de la humanidad entera, y ambas obligaciones están muy
relacionadas. Por ejemplo, si alguien atentara contra la vida de otro, sería
considerado no apto para tratar con seres humanos, equiparado a una bestia y
constituye una amenaza para toda la humanidad. No obstante, es evidente que existe
la posibilidad de que el hombre cometa errores de juicio, al decidir quién le
manifiesta su enemistad y quién representa una amenaza.
Locke considera la agresión a los demás
constituye una violación a la ley de la naturaleza. Si algún hombre decide poner
por encima su conservación a costa de la de los demás, está infringiendo la ley
natural. La visión de Locke es diferente a la clásica y a la medieval porque no
se basa en la excelencia del hombre ni el amor de Dios y del hombre hacia el
prójimo. No niega su existencia, pero hace caso omiso de ello, y considera que
lo que cuenta es lo que existe con fuerza predominante en el ser humano, y eso
es el deseo autoconservación. Así pues, las leyes civiles de la sociedad
política sólo son justas cuando están fundadas en la ley de la naturaleza.
Tanto Locke como Hobbes estudiaron el
estado de la naturaleza y a pesar de que existen diferencias entre el análisis
realizado por cada uno, se advierten tres semejanzas relevantes. John Locke
diferenció el estado de la naturaleza del estado de guerra (pero finalmente,
el estado de naturaleza es la esfera propia del estado de guerra), el estado de
naturaleza se puede resumir como “autoconservación y "el gobierno civil es
el remedio apropiado para los inconvenientes del estado de naturaleza".
La diferencia entre el estado de
naturaleza de Locke y Hobbes, es que la visión del del primero no es tan
violenta como aquella que propone el segundo. También difieren los remedios que
proponen Locke y Hobbes a estos inconvenientes: el gobierno civil que Locke
plantea tiene un carácter bastante menos absoluto que el de Hobbes, y el signo
más evidente de ello es la enorme atención que Locke presta al tema de la
propiedad.
Locke habla de una tierra comunal
universal primigenia entregada al género humano, en la que cada quién tiene
igual derecho a cada parte de lo que es común, lo cual significa que no había
propiedad. Entonces, ¿cómo pudo “alguien” conseguir la propiedad de cualquier
cosa? La respuesta es que existe una excepción. Nadie, en ese momento, es
propietario de nada, salvo de su propia persona y su trabajo, que es su
extensión inmediata. Esa es la propiedad original y natural, y todas las demás
propiedades se derivan de ella.
En el pasado remoto eran grandes los
territorios y pocos los hombres, por lo que tenían suministro de provisiones
naturales en abundancia y superabundancia. El trabajo de los hombres era su
esfuerzo por recoger o cosechar los frutos. Del mismo modo nació la propiedad
de la tierra: “la extensión de la tierra que un hombre labra, planta, cultiva y
cuyos productos es capaz de utilizar, esa es la medida de su propiedad”. Por
otro lado, la tierra sin trabajo a penas si valdría algo, por lo cual el trabajo
constituye la mayor parte del valor de las cosas. Si mi trabajo le da valor a
alguna cosa, el trabajo hizo mía tal cosa.
Las provisiones naturales por sí mismas
carecen de valor porque (1) hasta que no se les agrega el trabajo no ofrecen
beneficio alguno al hombre, y (2) se encuentran en superabundancia en este
escenario. La principal limitación de la propiedad en el estado de naturaleza
es que la mayor parte de las cosas realmente útiles, son cosas de corta
duración, de modo que el hombre debe apropiarse de las cosas en la medida
exacta en que pueda consumirlas. De otro modo, está tomando lo que pertenece a
otros.
Locke
parece haber derivado del hecho natural del deterioro de los productos de la
tierra una especie de regla para asegurar la justa distribución de los bienes
en la condición de copropiedad universal de la tierra El fundamento de la
propiedad debe ser una súper abundancia de provisiones naturales, y cuando así
sucede, cualquier regla que limite la acumulación resulta innecesaria. Sin embargo,
se requiere algún medio para limitar la acumulación sólo si no existe una súper
abundancia, sólo si lo que se toma deja menos de lo que es necesario para el
consumo de los demás; esta regla depende de si se aplica a bienes perecederos o
duraderos.
Si no hay
bastante para todos, ni siquiera el trabajo puede establecer un derecho sobre
alguna parte del todo, con exclusión de los demás. Cuando está en posesión tuya
un artículo perecedero y que es escaso, cualquier otro tiene derecho a
reclamarlo como suyo. Locke deplora el despilfarro y la destrucción e indica la
enorme escala de pérdida en el orden de la naturaleza. Señala que el empleo del
dinero precedió a la sociedad civil. El dinero permitió al hombre aumentar sus
posesiones e hizo lucrativo para el hombre “poseer extensiones de tierra de las
que puede obtener un beneficio para sí. El aumento de la producción hace una
oferta de trabajo más abundante.
Se
requería era un invento que hiciera razonable el que el hombre produjera más de
lo necesario para satisfacer sus necesidades inmediatas de su familia. Y este
invento fue el dinero, el cual apareció por medio de una especie de progresión
natural. Una desigualdad de posiciones no es justa, este es el tema central de
toda la doctrina política de Locke, el incremento. Aquellos que tenían
la parte más pequeña del todo tan grandemente incrementado eran más ricos que
aquellos que habían compartido en el pasado, sobre una base de igualdad, de lo
que lastimosamente queda poco de la condición original.
Pero las
consecuencias del incremento son que escaseen las provisiones sin dueño, que
los hombres se vuelvan más numerosos y los espacios desocupados más difíciles
de encontrar; y en esta nueva situación se genera una desigualdad de poder hasta
ahora desconocida por los hombres.
Los
hombres se ven rápidamente llevados a la sociedad para protección de su
propiedad. La teoría de Locke sobre la propiedad explica la necesidad de
transición del estado de naturaleza a la sociedad civil. Cualquier número de
hombres puede realizar un convenio para dejar el estado de la naturaleza y
“establecer una sociedad con el fin de formar un pueblo, un cuerpo político
sometido a un gobierno supremo”. La esencia del pacto que hacen entre sí todos
los miembros con el fin de formar una sociedad política es un cuerdo de
transferir los poderes que cada uno tenía en el estado de la naturaleza.
John Locke nos dice que la finalidad
máxima y principal de los hombres al unirse en sociedad y someterse a une
Estado es la conservación de su propiedad, ya sea material o inmaterial (vida,
liberta, bienes). Y que, en el estado de naturaleza, la propiedad está en
peligro porque no existen leyes establecidas, jueces con autoridad para dirimir
las diferencias conforme a las leyes establecidas y el poder suficiente para
respaldar y sostener las sentencias y ejecutarlas debidamente. Por esto, la sociedad política tiene como
propósito remediar estas carencias y su intención fundamental es asegurar la
conservación de la propiedad mediante un poder para establecer la ley y
arbitrar controversias y para ejecutar juicios y castigar a los culpables.
Para dejar el estado de naturaleza y
formar una sociedad política, los hombres tienen que hacer un pacto de manera
explícita entre sí, donde establezcan un cuerpo político sometido a un gobierno
supremo. La esencia de este pacto es transferir los poderes que cada uno tenía
en el estado de naturaleza a manos de la comunidad. En este estado de
naturaleza, los hombres tienen dos poderes naturaleza: el de hacer lo necesario
para asegurar su salvaguardia y el de los demás y el poder de castigar los
delitos contra esta ley. Estos dos poderes, son el origen del poder legislativo
y ejecutivo de la sociedad civil. El primer poder es trasferido en la medida
que su propia salvaguardia y la de los demás lo requiera. El poder de castigar
es abandonado en la sociedad política y lo delega para ponerlo al servicio del
poder ejecutivo de la sociedad.
Locke parte del principio de salvaguardar
el fundamento último de la sociedad civil y explica que el poder absoluto
arbitrario no constituye remedio para los males del estado de naturaleza. El
estar sometido al poder arbitrario de un regidor sin control, es una condición
mucho peor que el estado de naturaleza. No puede suponerse que una criatura
racional cambie deliberadamente su estado para empeorar. Locke afirma que la
monarquía absoluta no es una forma de gobierno civil. Locke sostiene que el gobierno
limitado basado en el conocimiento de los gobernantes es más fiel a la premisa
de la búsqueda de la conservación como primer principio de la acción humana.
Una ley aplicable al cuerpo político es la
ley de la fuerza mayor, donde Locke fundamenta su doctrina sobre la decisión de
la mayoría. Aunque toda sociedad política se funda en la unanimidad de sus
miembros, tal unanimidad no puede esperarse siempre, así que, ante esta
imposibilidad de unanimidad, una parte de la sociedad, que será la mayoría, decidirá.
Cuando un cierto número de hombres ha constituido una comunidad, se ha formado
un cuerpo, y dicho cuerpo se mueve hacia donde lo impulse la fuerza mayor, y
esa fuerza es el conocimiento de la mayoría. Locke decía que la mayoría no
siempre constituye la fuerza mayor, debido a desigualdades de naturaleza
económica, política y social. También decía que la mayoría regirá la sociedad
cuando los miembros sean todos iguales o prácticamente iguales con respecto a
su fuerza.
Otro momento decisivo en que la mayoría
debe imperar es cuando la sociedad se encuentra brevemente sin gobierno. Locke
también hace una distinción entre sociedad política y gobierno. Nos dice que
los hombres se unen en una sociedad política con el fin de gobernarse según una
ley establecida y tal propósito sólo puede lograrse con el establecimiento de
un poder legislativo y un poder ejecutivo, que son justo los términos en que se
crea el gobierno. Una sociedad política sin gobierno, no puede hacer otra cosa
que crear uno. Esto precisa una profunda decisión, la forma de gobierno. Es el
principal acto que de manera natural y necesaria es determinado por la mayoría
de la sociedad. Si la mayoría puede retener el poder legislativo, el gobierno
es una democracia. Si se les confía a unos cuantos, es una oligarquía. Si se
pone en manos de un solo hombre, es una monarquía. Todas las formas de gobierno
se encuentran igualmente fundamentadas en el consentimiento de la mayoría. Es
así, la doctrina de Locke del imperio de la mayoría, no tiene una preferencia
por alguna forma de gobierno específica por encima de las demás.
El poder supremo de conservarse a sí
mismas y a la sociedad permanece siempre en las personas mismas. No se puede
renunciar a este poder. Locke nos dice que una vez estableciendo el poder
legislativo, el poder supremo sólo sigue siéndolo y subsistiendo en tanto el
gobierno exista y funcione. El pueblo
ejerce de manera activa el poder supremo sólo cuando se encuentra en una
sociedad sin gobierno, pero cuando hay un gobierno, este poder está en manos
del legislativo, donde los individuos lo han colocado. En tanto exista un
gobierno, el cuerpo legislativo es operativamente el poder supremo, pero el
poder latente del pueblo subsiste.
Locke dice que el principio fundamental de
la separación de poderes es que, en las comunidades bien ordenadas, los poderes
están separados. Este principio sólo se aplica en la separación de las
funciones legislativas y ejecutivas, y refiere al poder judicial como parte del
legislativo. También nos dice que el poder legislativo es superior al
ejecutivo, pero donde el poder legislativo no opere de manera permanente y el
ejecutivo esté delegado en una sola persona que también forme parte del
legislativo, puede decirse que esa persona es el poder supremo. Éste es el
primer indicio del sorprendente alcance que concede Locke al poder de la
persona que tiene a su cargo la función ejecutiva. Éste ejecutor, tiene por ley
natural el derecho de ejercer ese poder para el bien de la sociedad. Puede
incluso, actuar de forma contraria a la ley en beneficio del bien público. A
esa facultad de actuar de acuerdo con el buen juicio por el bien público sin
esperar los mandatos de la ley, es a lo que se llama prerrogativa.
El tirano está en
guerra con el pueblo. Al emplear en contra del pueblo la fuerza que este le ha
confiado, el tirano aniquila verdaderamente su gobierno. El pueblo está
defendiendo a la sociedad. Locke rechaza
la idea de que él haya ofrecido nuevas bases para le revolución. Por otra
parte, el pueblo no está dispuesto a provocar desórdenes; por lo que
generalmente prefieren evitar el peligro que supone el desorden: “El pueblo
soporta sin rebelarse y sin chistar nada grandes errores por parte de sus
gobernantes, muchas leyes injustas e inadecuadas y todos los deslices de la
debilidad humana”
El estado de naturaleza, todos los hombres tienen la
facultad de juzgar qué es necesario para su conservación; esta facultad de
juzgar no pueden delegarla completamente a la sociedad. Puede decirse que es
inalienable, pues es imposible que un hombre, por más que quiera, pueda
renunciar a su facultad de juzgar si su vida está en peligro. Que vaya a haber
o no resistencia a los gobernantes es algo que depende completamente de lo que
el pueblo ve y siente. La posibilidad de la resistencia del pueblo al sentirse
en peligro es el único límite eficaz uso de la prerrogativa. Un príncipe sabio
conoce este límite y evita siempre aquellas acciones que hacen al pueblo
sospechar de sus intenciones.
El deseo del hombre de conservar su vida lo aparta de
la guerra del estado de naturaleza y le hace entrar en sociedad política. Pero
los hombres constituidos en sociedad política se enfrentarán a un nuevo peligro
aún más terrible, la tiranía o el poder absoluto arbitrario.
En el fondo, el hombre sólo tiene la protección de su
fuerza natural y del deseo natural de propia conservación. La empresa política
de la humanidad es una lucha interminable por salir del estado de naturaleza y
evitar volver a caer en él, con todos sus temidos males. Hay dos sitios en el
segundo tratado en donde Locke habla de los príncipes “divinos”. En uno se
refiere a los príncipes que tienen una enorme prerrogativa, a los que tienen la
mayor libertad ante el régimen de las leyes. Pero en el pasaje anterior, se
dice que el príncipe es sabio y divino cuando rige “conforme las leyes
establecidas de libertad”.
Un pueblo poderoso, con un poderío producto del
incremento material resultante del estímulo del deseo de conservación tranquila
bajo la protección de leyes de libertad establecidas, debe enfrentarse siempre
a la posibilidad de la guerra, situación en que los ciudadanos deben ser
disciplinados, mostrar espíritu cívico y estar dispuestos a sacrificar tesoros
e incluso la vida, bajo el mando discrecional del poder ejecutivo de la
federación, para la defensa de toda la sociedad.
El gran tema de Locke fue la libertad y su argumento
importante fue que no existe libertad donde no hay ley. La fuerza más poderosa
de la naturaleza humana, y por lo tanto la más importante para el entendimiento
político, es el deseo de propia conservación. Es a la vez el mayor obstáculo
para la paz entre los hombres y la mayor fuerza para su logro. El deseo de
conservación puede ser desviado, orientado halagado, pero no hay manera de
aminorar o erradicar su abrumadora fuerza. Por esta razón los hombres no son
completamente gobernables, y la tarea de hacer libre la humanidad sometiéndola
a leyes no pude nunca quedar completa.
Los hombres viven,
al menos en parte, siempre e inevitablemente en la condición natural no
política y siempre en peligro de recaer en una condición mucho peor, pues no es
posible enseñar a los hombres a tener sentimientos contrarios a sus más fuertes
deseos. Pero el gobernante sabio hará algo más que ajustarse: canalizará y
orientará, fomentará y protegerá el deseo de conservación y lo convertirá en
fundamento mismo de la ley, la libertad, la seguridad y la riqueza de su
pueblo.
Locke pretendía
liberar al género humano de toda forma de poder absoluto arbitrario. Intentaba
presentar una oposición verdadera y completa de la edificación de la
civilización por el hombre a partir de elementos de valor casi nulo.
3.
CONCLUSIONES
4.
BIBLIOGRAFÍA
CONSULTADA
Estrada,
J. (2008). El pensamiento político de
John Locke Árbol Socialdemócrata Recuperado el 20 de octubre del 2017 de http://arbolsocialdemocrata.blogspot.mx/2008/12/el-pensamiento-poltico-de-john-locke.html
Strauss,
L. y Crompsey, J. (compiladores) (2016) Historia
de la Filosofía Política, México: Fondo de Cultura Económica
Sills,
D. L. (1979) Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociales, vol. 6, España:
Aguilar
Várnagy,
T. (s.f.) El pensamiento político de John
Locke y el surgimiento del liberalismo
Recuperado el 21 de octubre de 2017 de http://bibliotecavirtual.clacso.org.ar/ar/libros/moderna/cap2.pdf
[1] A Letter Concerning Toleration (1689),
sobre la libertad religiosa. Some Considerations of the
consequences of the Lowering of Interest and Rasing the value of Money (1691), sobre la libertad
económica.
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